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Año 1954.
Sierra procomunal de Chinchilla.

Información recogida del periódico ABC, editado el día 28/10/1954, en su página número 41.
26 de octubre de 1954.

Hace unos meses las agencias periodísticas difundieron la noticia de que el Ayuntamiento de Albacete había reivindicado unas veintisiete mil hectáreas de terrenos en la sierra procomunal Chinchilla, Albacete, que los particulares disfrutaban indebidamente contra el legítimo derecho de la administración municipal.

Cualquier conocedor de nuestro régimen jurídico-administrativo no habría lanzado las campañas al vuelo, porque sin desconocer la enorme importancia que tiene para el Ayuntamiento de Albacete y sus copartícipes - puesto que la finca pertenece a Albacete, Chinchilla, Hoya Gonzalo, Higueruela, Corral Rubio y Fuente Álamo, la aprobación del deslinde administrativo, ello no es sino la primera etapa de una disputa que si bien ha sido ganada, no prejuzga el resultado final

Excelente gestión administrativa la del Ayuntamiento de Albacete, atento a reivindicar su patrimonio, su legítimo patrimonio, de quien ilícitamente lo posea. Pero, aparte de ello existen instituciones de derecho civil, con un evidente contenido social, por las que no puede privarse a determinadas personas de las cosas, que si bien en su origen procedían de los bienes públicos, ahora, con el transcurso de muchos años, han ganado la condición de cosas privadas, con la garantía jurídica de una perfecta titulación registral y la garantía para sus propietarios de haber adquirido amparados por los principios que sirven de base a nuestro magnífico sistema hipotecario.

Por eso el corresponsal de ABC no quiso comentar una noticia que no fue publicada con absoluta certeza en sus antecedentes. Y buena prueba de ello es que no solo no es cierta la reivindicación anunciada por las agencias, sino que ahora los propietarios y poseedores han interpuesto contra la orden aprobatoria del deslinde de la Sierra Procomunal más de treinta recursos contencioso-administrativos ante la sala cuarta del Tribunal Supremo, recursos que amparan a más de 500 reclamaciones en solicitud de que sea revocada y declarada la nulidad de aquella. Si esto se consigue por los particulares habrá de empezarse otra vez a recorrer el penoso camino de deslinde. Si se aprueba, entonces se habrá decidido sobre el estado posesorio del monte, y aun entonces para desconocer la propiedad amparada por títulos registrales, y aun la que no lo esté, para discutir el derecho dominical de los particulares, habrá de acudirse a los Tribunales de Justicia, únicos que en su régimen de derecho pueden decidir sobre tan importante aspecto como es el de la propiedad en la vida social
Firmado Leocadio Moreno Paez.

   
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